Trámites administrativos tras el nacimiento del bebé (en Madrid) (I)

Tras el nacimiento del bebé nos viene a la cabeza una palabra: burocracia. Toca ponerse manos a la obra y comenzar con el papeleo: Registro Civil, Seguridad Social, Padrón Municipal… A menudo el papá será el encargado de realizar todos estos trámites, así que hoy será él el destinatario de mi post.

Papá, poco a poco y tranquilo. En una mañana, quizá dos a lo sumo, te habrás quitado todo el papeleo. Asusta un poco al principio, pero es pan comido si sigues estos pasos:

Trámites administrativos nacimiento bebé

Primera parada: inscripción del nacimiento en el Registro Civil

En primer lugar debes inscribir a tu hijo en el Registro Civil, que en Madrid se encuentra situado en la calle Pradillo, 66 (metro más cercano Alfonso XIII). El horario de atención al público es de 9 a 14. No se tarda mucho en general, aunque depende de la gente que haya, claro. No te olvides de coger número al llegar.

Está contemplado que a partir de octubre de este año se pueda realizar la inscripción  del nacimiento directamente en el hospital, pero de momento esta es la única opción.

Si estáis casados, solo será necesario que vayas tú, con los siguientes documentos:

- DNI de ambos (tú y tu mujer)

- Libro de Familia

- Y el papel amarillo que os darán en el hospital donde figuran todos los datos relativos al nacimiento del bebé. Se denomina parte médico de alumbramiento.

Si no habéis contraído matrimonio, deberéis ir los dos obligatoriamente y aportar los documentos antes mencionados a excepción del Libro de Familia. Es lógico: si no hay matrimonio tampoco hay libro. Emitirán uno en el momento en el que inscribáis a vuestro bebé. Hace ilusión. ;)

En el caso de que alguno de los dos haya estado casado con anterioridad con otra pareja, deberéis aportar, además:

- El certificado de matrimonio y la sentencia firme de separación o divorcio.

- O si se trata de una separación de hecho (sin sentencia), es necesario acudir al Registro Civil con dos testigos.

Para casos tan específicos es mejor que te informes directamente en el teléfono del Registro: 91 493 66 30

Seguidamente, solicitar el informe de maternidad

Tras el nacimiento la mamá ha de pedir el informe de maternidad a su médico de cabecera para remitírselo a la empresa donde trabaja. Si estaba de baja médica antes de dar a luz también habrá de solicitar el alta.

Paso siguiente: certificado de empresa

Lo necesitaréis para solicitar las prestaciones de maternidad y paternidad. Podéis hacerlo por teléfono o email a vuestros correspondientes lugares de trabajo.

Si algunos de los dos está desempleado, debe pedir el certificado en el SEPE. Y en el caso de trabajadores por cuenta propia, presentar Declaración de Actividad.

De momento lo dejamos aquí. Vamos poco a poco, que aún quedan unos cuantos trámites. ¿Cómo lo llevas? ;)

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