Normativa de tráfico sobre sistemas de retención infantil

Cuando nace el bebé la mayoría tenemos claro que sistema de retención infantil debemos utilizar para llevarlo en el coche, aunque siempre hay alguna que otra marca que indica que se puede llevar en el cuco, siempre será más seguro en una sillita del grupo 0 ya que en caso de colisión a la vista está que está más sujeto y por tanto protegido.

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A medida que el o la peque va creciendo, podemos tenerlo también más o menos claro, porque la sillita de grupo 0 que normalmente usamos se queda pequeña y además muchos padres/madres tenemos prisa por ponerlos de cara a la marcha del vehículo cuando los últimos estudios demuestran que es mucho más seguro colocar la sillita a contramarcha.

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Nueva normativa sobre sistemas de Retención Infantil

Entre las reglas de oro que aparecen en la página Web de la Dirección General de Tráfico sobre sistemas de retención infantil encontramos la de utilizar siempre sistemas de retención, desde el embarazo (en el que puedes usar un cinturón especial que se acopla para que tu vientre quede libre y no reciba el impacto del cinturón en caso de choque) hasta que el niño o niña mida los 1,35cm (aunque aconsejan que hasta 1,50 cm utilice silla con respaldo antes de pasar a usar únicamente el cinturón de seguridad).

Es muy importante que el niño esté bien colocado y sujeto, ya no sólo para que no sufra lesiones en caso de accidente, sino porque una sillita mal colocada puede provocar daños musculares ya que los y las peques suelen quedarse dormidos y su cabeza cae hacia delante absorbiendo el movimiento del trayecto en coche.

Los menores de 12 años no pueden circular en los asientos delanteros salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto, debiendo usar un dispositivo de retención adecuado a su edad y peso hasta que no alcancen los 1,35cm.

De forma excepcional, los menores de 12 años podrán usar el cinturón para adultos cuando su estatura sea igual o superior a 1,35cm.

En caso de incumplir estas normas, la Ley de Tráfico y Seguridad Vial permite que los agentes puedan, además de declarar culpable al conductor, inmovilizar el vehículo si no se dispone del dispositivo de retención infantil adecuado en caso de menores.

Así que…¡Poca broma!

 

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Acerca de Carmen

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